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Cotización de los cuidadores no profesionales a la Seguridad Social

Cotización de los cuidadores no profesionales a la Seguridad Social
17 abril, 2019 Surestea

Como podemos leer en el diario digital «El Diario» , los cuidadores no profesionales de personas dependientes se pueden suscribir desde el 1 de abril a un convenio especial con la Seguridad Social para que el Estado cotice por ellas.

El convenio especial está dirigido a aquellas personas designadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atención, elaborado por los Servicios Sociales.

Para suscribirse es necesario que la cuidadora no esté dada de alta en la Seguridad Social en ningún régimen a tiempo completo ni en desempleo. También es necesario que la persona que recibe los cuidados tenga reconocida la prestación económica de dependencia.

La solicitud puede presentarse en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social en las que existe un formulario para este fin, o bien, a través de la sede electrónica utilizando el servicio de “Alta en Convenio Especial», para lo que es necesario disponer el certificado electrónico.

Desde el día 1 de abril se dispone de tres meses (90 días naturales) para solicitar el convenio y que sus efectos se extiendan desde esa fecha. Es decir, que la cotización comience el primer día de este mes. Si lo suscriben después del 30 de junio, el convenio tendrá efectos a partir de la fecha de suscripción.

El convenio quedará extinguido una vez la persona cuidadora pase a recibir una pensión de jubilación, incapacidad permanente, de viudedad o de favor familiar, cumpla los 65 años o fallecimiento de la persona dependiente asistida.

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